Prescripción Adquisitiva: Concepto, explicación y características, cosas susceptibles de prescripción.
En el código civil se encuentra definida la prescripción en el artículo 2512 “La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas , o de extinguir las acciones o derechos ajenos, por haberse poseído las cosas y no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. Se prescribe una acción o derecho cuando se extingue por la prescripción” se entiende que el código civil quiere mencionar una manera de obtener el la potestad y el dominio de cosa ajena (derechos reales) este es aplicable tanto para bienes muebles como para inmuebles este tiene un requisito especial y es el paso del tiempo para poder ejercerlo de manera plena, este tiene como características esenciales y principales que siempre será a título gratuito , por la naturaleza de este derecho es un modo originario de adquirir el dominio ya que no proviene de la voluntad de un dueño anterior , es posible prescribir todo salvo los excepciones consagradas taxativamente en la ley , también es importante resaltar que la cosa que se prescribe es determinada.
Clases de prescripción: Ordinaria Y Extraordinaria y términos legales de prescripción.
Prescripción ordinaria
Para ganar la prescripción ordinaria se necesita posesión regular no interrumpida durante el tiempo que las leyes requieren[1] El termino exigido por la ley y establecido en el artículo 2529 nos muestra el tiempo necesario para la prescripción ordinaria que es de 3 años para bienes muebles y 5 años para bienes inmuebles o raíces La ley 791 de 2002 modifico los términos de la prescripción para hacer mas operante la figura con el mundo actual reduciendo los términos establecidos anteriormente por el legislador [2] La prescripción ordinaria requiere justo título y buena fe[3] La prescripción ordinaria se suspende a favor de los incapaces y en general de quienes se encuentren bajo tutela o curaduría. [1] Prescripción ordinaria de dominio. requisitos de procedencia , legitimación para iniciar la acción de pertenencia corte suprema de justicia sala de casación civil expediente 258443-3103001-2000-0081-01 [2] Antonio Emiro Thomas arias pontificia universidad de la javeriana. [3] Corte suprema de justicia sala civil de casación sentencia de septiembre de 2004 referencia expediente 7362 |
Prescripción extraordinaria
Para este tipo de prescripción no es necesario tener ningún título, y a este se le presume la buena fe a falta de titulo . El termino exigido por la ley para la prescripción extraordinaria es de 10 años ya que como carece de justo titulo la ley le exige más tiempo a la persona que alega la prescripción [1] La prescripción extraordinaria sólo se afecta por la interrupción y sólo se suspende entre cónyuges[2] posesión irregular es aquella que falta uno o más de los requisitos de la regular, pero dicha regla no puede extremarse, pues en ciertos casos, faltando algún requisito, menos que posesión irregular, puede ocurrir que simplemente no haya posesión[3] La buena fe en la prescripción extraordina tiene dos fases la mera creencia y la circunstancia de que se le crea a la persona prudente y diligente la seguridad de esa mera creencia.[4] [1] Corte suprema de justicia sentencia 1968 magistrado ponente Flavio cabré dussan. [2] diferentes posturas se presentan sobre este tema pero utilizaremos la doctrina proveniente de ARTEAGA CARVAJAL, De los Bienes y su Dominio, 1994 [3][3] Derecho civil 2 pág. 457. José miguel Lecaros [4] Hernando Urrutia mejía. El lanzamiento por ocupación de hecho. Bogotá editorial AC. Pág. 323 |
Prescripciones especiales con término diferente: prescripción agraria, prescripción de la reforma urbana, prescripción entre comuneros, prescripción del ausente.
Las prescripciones especiales con términos diferentes se encuentran consagradas en el art 2533 de nuestro código civil y expone que los derechos reales se adquieren de la misma manera salvo 2 excepciones que son primero el derecho de herencia se adquiere por la prescripción extraordinaria y el segundo que es el derecho de servidumbre que se adquiere según el art 939 del código ( servidumbres inaparentes o discontinuas)
Concepto de Prescripción Agraria, presupuestos legales para su ejercicio y características
la ley 1561 de 2012 consagra la prescripción agraria y el objeto de esta ley es promover el acceso a la propiedad, mediante un proceso especial para otorgar título de propiedad al poseedor material de bienes inmuebles rurales y a estos sanear sus títulos que conlleven a la llamada falsa tradición con el fin de garantizar seguridad jurídica en los derechos sobre inmuebles y propiciar el desarrollo sostenible y prevenir el despojo forzado de inmuebles.
Presupuestos legales “Se otorgará título de propiedad a quien demuestre posesión material sobre bien inmueble, urbano o rural, que cumplan los requisitos establecidos en la presente ley”.
Deberá primero demostrar la posesión material, publica pacifica e ininterrumpida por el termino de 5 a los para posesiones regulares y 10 años para posesiones irregulares sobre un predio privado cuya extensión no exceda una UAF(unidad agrícola familiar) establecida por el Incoder o por quienes cumplan las respectivas funciones
Características
1 El bien inmueble no puede ser imprescriptible o de derecho público.
2. Que el demandante lo hay poseído materialmente el inmueble por los términos establecido por la ley.
3. Que sobre el inmueble no se adelante proceso de restitución o reparación de victimas del despojo o abandono forzado,
4. Que el objeto no se encuentre ubicado en zonas protegidas, resguardos indígenas o zonas de cantera.
Presupuestos legales “Se otorgará título de propiedad a quien demuestre posesión material sobre bien inmueble, urbano o rural, que cumplan los requisitos establecidos en la presente ley”.
Deberá primero demostrar la posesión material, publica pacifica e ininterrumpida por el termino de 5 a los para posesiones regulares y 10 años para posesiones irregulares sobre un predio privado cuya extensión no exceda una UAF(unidad agrícola familiar) establecida por el Incoder o por quienes cumplan las respectivas funciones
Características
1 El bien inmueble no puede ser imprescriptible o de derecho público.
2. Que el demandante lo hay poseído materialmente el inmueble por los términos establecido por la ley.
3. Que sobre el inmueble no se adelante proceso de restitución o reparación de victimas del despojo o abandono forzado,
4. Que el objeto no se encuentre ubicado en zonas protegidas, resguardos indígenas o zonas de cantera.
Concepto de Prescripción entre comuneros: presupuestos legales y características.
Según el art 2525 la prescripción entre comuneros es conocida como la posibilidad legal de que un comunero reclame para si la declaración judicial de que ha operado a su favor la prescripción adquisitiva sobre los derechos de cotitular con otros comuneros .
Características y presupuestos legales
Que la posesión no provenga de una orden judicial, ni del administrador de la comunidad, ni de un convenio entre los comuneros.
Que cumpla un término de posesión de 10 años o más, el mismo exigido para la prescripción extraordinaria. [1]
[1] CSJ sala civil de casación Ref.: Exp. N° 1100131030211997-02885-01 abril 15 2008
Características y presupuestos legales
Que la posesión no provenga de una orden judicial, ni del administrador de la comunidad, ni de un convenio entre los comuneros.
Que cumpla un término de posesión de 10 años o más, el mismo exigido para la prescripción extraordinaria. [1]
[1] CSJ sala civil de casación Ref.: Exp. N° 1100131030211997-02885-01 abril 15 2008
Concepto de Interrupción de la prescripción y Suspensión de la prescripción: Natural, Civil.
La interrupción es natural:
1. según el art 2523 de nuestro código civil la interrupción natural es cuando sin haber pasado la posesión a otras manos, se ha hecho imposible el ejercicio de actos posesorios, como cuando una heredad ha sido permanentemente inundada.
2. Cuando se ha perdido la posesión por haber entrado en ella otra persona. La interrupción natural de la primera especie no produce otro efecto que el de descontarse su duración; pero la interrupción natural de la segunda especie hace perder todo el tiempo de la posesión anterior; a menos que se haya recobrado legalmente la posesión, conforme a lo dispuesto en el título De las acciones posesorias, pues en tal caso no se entenderá haber habido interrupción para el desposeído.
La interrupción de la prescripción es uno de los efectos de tipo material que produce la presentación de una demanda así se deduce del inciso final del art 2539 , de otro lado la presentación de la demanda judicial interrumpe la prescripción adquisitiva sin embargo el decreto 1400 de 1970 la cual exige una demanda presentada un auto admisorio de la misma una notificación personal al demandado o a su curador ad litem[1]
[1] Cubides ,Héctor interrupción dela prescripción pág. 77 ,2009 editorial ABC
1. según el art 2523 de nuestro código civil la interrupción natural es cuando sin haber pasado la posesión a otras manos, se ha hecho imposible el ejercicio de actos posesorios, como cuando una heredad ha sido permanentemente inundada.
2. Cuando se ha perdido la posesión por haber entrado en ella otra persona. La interrupción natural de la primera especie no produce otro efecto que el de descontarse su duración; pero la interrupción natural de la segunda especie hace perder todo el tiempo de la posesión anterior; a menos que se haya recobrado legalmente la posesión, conforme a lo dispuesto en el título De las acciones posesorias, pues en tal caso no se entenderá haber habido interrupción para el desposeído.
La interrupción de la prescripción es uno de los efectos de tipo material que produce la presentación de una demanda así se deduce del inciso final del art 2539 , de otro lado la presentación de la demanda judicial interrumpe la prescripción adquisitiva sin embargo el decreto 1400 de 1970 la cual exige una demanda presentada un auto admisorio de la misma una notificación personal al demandado o a su curador ad litem[1]
[1] Cubides ,Héctor interrupción dela prescripción pág. 77 ,2009 editorial ABC
Fenómeno de los Desplazados por la violencia: Ley 387 de 1997 art. 27. Ley de restitución de tierras: ley 1448 de 2011 vs. prescripción adquisitiva.
Para la ley de tierras vs prescripción , las victimas del despojo y las que hubieran abandonado sus predios forzadamente , tendrán la posibilidad e acceder a medidas especiales de restitución de tierras y cuando el despojo hubiere ocurrido con posterioridad al primero de enero de 1991 la restitución se realizará mediante un proceso judicial expedito donde la carga probatoria estera en cabeza del presunto despojador , es decir será el victimario el que deberá demostrar que adquirió el predio de buena fe y no se le pedirá a victima que compruebe el despojo. (Art 77 ley de víctimas y restitución de tierras para efectos probatorios dentro de del proceso de restitución se presume de derecho que existe ausencia de consentimiento o causa licita en los negocios (compraventa contratos) relacionados con los inmuebles objeto de restitución.)